Al cabo de una lucha que inició hace
ya 18 años (en 1998), en febrero de 2016
obtuvimos un triunfo de trascendencia histórica: una jueza de distrito
en materia administrativa de la ciudad de México concedió el amparo y la
protección de la justicia federal a más de siete mil quejosos en el juicio de
amparo 1558/2015, y ordenó al titular del ejecutivo federal, presidente Enrique
Peña Nieto, restituirles el 10% retenido de sus salarios mientras trabajaron en
los EE. UU. en la época de la Segunda Guerra Mundial y el período de Posguerra
(de 1942 a 1964), más los intereses bancarios y actualizaciones por la
inflación correspondientes a los 74 años que ya han transcurrido desde que inició
el Programa Bracero. Se trata de una sentencia ejemplar, que va hasta la raíz
del problema, y ordena devolverles sus fondos de ahorro que increíblemente les
fueron robados por el gobierno mexicano.
La Presidencia de la República
interpuso un recurso de revisión en virtud del cual el caso fue turnado a un
Tribunal Colegiado; y cuando éste estaba a punto de resolver, la Suprema Corte
de Justicia de la Nación (SCJN) decidió atraer el caso, en acuerdo emitido el
pasado 26 de octubre de 2016. Se espera que emita su resolución final hacia los
próximos meses de junio o julio.
Así es que, hoy más que nunca, nos
vemos en la necesidad de solicitar al pueblo de México y a los pueblos del
mundo; y de manera muy especial a las organizaciones obreras, sindicales y
sociales que militamos en la FSM en los cinco continentes, nos brinden su más
decidida solidaridad.
Pueden enviar cartas dirigidas a la
Suprema Corte de Justicia de la Nación, exhortándola o exigiéndole que haga
honor a su elevada responsabilidad, y dicte una resolución que realmente les
haga justicia y sea respetuosa tanto de las garantías constitucionales, como de
los derechos humanos de los trabajadores ex braceros.
Que sea respetuosa del precepto establecido en el artículo 5° de nuestra Constitución según
el cual “Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por
resolución judicial”, y de los preceptos establecidos en los artículos 1°, 8°,
14 y 16 de la misma; así como de las disposiciones previstas en la Convención
Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores
Migratorios y de sus Familiares, de la que México es parte.
Dichas cartas pueden enviarse a las
siguientes direcciones de correo electrónico:
Ministro
|
Cargo
|
Correo Electrónico
|
Luis María Aguilar Morales
|
Presidente de la SCJN
|
|
Eduardo Tomás Medina Mora Icaza
|
Presidente de la Segunda Sala
|
|
Javier Laynez Potisek
|
Ministro Ponente
|
Con copia a cualquiera de los
compañeros siguientes:
Fidel Chávez Lara
|
|
Efraín Arteaga Domínguez
|
|
Porfirio Martínez González
|
La Suprema Corte de Justicia de
Justicia de la Nación, en tanto que última instancia en el sistema de
impartición de justicia en nuestro país, tiene ante sí la disyuntiva de: 1) hacerle justicia de una vez por todas a esa
heroica generación de trabajadores mexicanos braceros, que con su trabajo
hicieron una importantísima contribución al triunfo de Los Aliados sobre el eje
Nazi-Fascista en la Segunda Guerra Mundial; o 2) convertirse en cómplice del
régimen corrupto que hizo posible el robo descarado de los fondos de ahorro que
más de 4.6 millones de trabajadores mexicanos constituyeron con su esfuerzo y
sudor a lo largo de por lo menos 22 años
para dar a sus familias condiciones de vida dignas.
¡NO ES LIMOSNA LO QUE PEDIMOS, SINO JUSTICIA!
¡PROLETARIOS DE TODOS LOS PAÍSES, UNÍOS!
Atentamente
México, 14 de abril de 2017
Coordinadora Binacional de Ex Braceros
(COBIEB)
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